Diferencia entre revisiones de «Leyes de Manu»

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traduzco algunas leyes más
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m Bot: Correción de errores ortográficos.
Línea 12:
::3.45: Que [el marido] copule a su esposa en el momento adecuado y se satisfaga en ella. Que la copule con deseo [cualquier día] excepto los ''parvan''.
::3.46: El periodo natural de la mujer son dieciséis noches, incluyendo los cuatro días manchados, que son censurados por los virtuosos.
::3.47: Aparte de esos primeros cuatro días, el día decimoprimeroundécimo y el decimotercero son prohibidos. Las noches restantes se recomiendan.
::3.48: Los días pares se conciben varones, y los días impares se conciben niñas. Por eso un hombre que quiera tener hijos varones debe copular a su esposa los días pares.
::3.49: Un hijo varón se produce debido a que hay mayor cantidad de secreción masculina. Una hija mujer se produce debido a una mayor cantidad de secreción femenina. Si ambas secreciones fueran iguales, se producirá un hermafrodita, o mellizos varón y hembra. La concepción fallará si ambos cónyuges son débiles o si generan poca cantidad de secreción.